MENU

TÉRMINOS Y CONDICIONES – CAMPAÑA RSE

 

1. CENCOSUD S.A., con domicilio legal en Suipacha 1111, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, “CENCOSUD”), emite en la República Argentina las tarjetas de crédito denominadas “Tarjeta Cencosud” y “Tarjeta Cencosud MasterCard” (en adelante, indistintamente “Tarjeta Cencosud”). 

2. La Fundación Garrahan, por su parte, es una organización no gubernamental que alienta las tareas de docencia e investigación, capacitación en recursos humanos y educación continua con el apoyo permanente al Hospital de Pediatría Garrahan y a las distintas regiones del país. Por otra parte, desde la Fundación Garrahan se presta especial atención a las necesidades sociales y emocionales de los pacientes y sus familias y por ello creó la “Casa Garrahan”, para brindar un hogar a los niños, junto a sus madres, que residen a más de 100 kilómetros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se atiendan en los hospitales pediátricos Elizalde, Garrahan o Gutiérrez, mientras cumplen tratamientos médicos ambulatorios o esperan diagnósticos de enfermedades complejas que no requieren internación. 

3. CENCOSUD tiene intención de colaborar con la misión que la Fundación Garrahan lleva a cabo. A tal fin, CENCOSUD se compromete a efectuar publicidad – por los medios que CENCOSUD considere adecuados – invitando a los usuarios de la Tarjeta Cencosud a asociarse a la Fundación Garrahan, donando tales usuarios directamente a la Fundación Garrahan, como consecuencia de esa asociación, a través de débito automático en su Tarjeta Cencosud, un mínimo de $ 100,- (pesos cien) durante no menos de doce (12) meses consecutivos. Todo ello, en el marco de la campaña de ayuda solidaria denominada “CAMBIÁ GASTOS POR GESTOS” (la “Campaña”), que es objeto de este reglamento (el “Reglamento”) y que tendrá vigencia en la República Argentina entre el 23 de noviembre de 2021 y el 22 de noviembre de 2022 (el “Plazo de Vigencia”). 

4. A los usuarios de Tarjeta Cencosud que se asocien a la Fundación Garrahan en el marco de la Campaña y efectúen, como mínimo, las donaciones mencionadas precedentemente, en el punto 3. de este Reglamento, CENCOSUD les otorgará un descuento de hasta el 100% de la primera compra que realicen con Tarjeta Cencosud luego de realizar el pago de la primera cuota de la donación, hasta un máximo de $ 1.000,- (pesos un mil). El descuento se efectuará vía reintegro y se hará efectivo en el primer o segundo resumen de cuenta que se emita luego de realizado el pago de la primera cuota de la donación, aplicándolo a la primera compra realizada luego de la donación, siempre y cuando no presente mora o inhabilitación. Se considerará primera compra a la primera efectuada con posterioridad al día de asociación a la Fundación Garrahan o la de mayor monto si se realizara más de una operación ese día. 

5. Conforme lo establecido en el punto 3., precedente, la Campaña tendrá vigencia entre el 23 de noviembre de 2021 y el 22 de noviembre de 2022. El Plazo de Vigencia podrá ser prorrogado por CENCOSUD y en tal caso dicha prórroga será anunciada por los medios que CENCOSUD considere apropiados. 

6. Por los compromisos que asume en el marco de la presente Campaña CENCOSUD no percibe participación, comisión, utilidad, ni retribución alguna, haciéndose cargo asimismo de los costos y gastos de publicidad, administración y control que el cumplimiento de sus obligaciones devengue.  

7. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Campaña serán competentes los tribunales nacionales ordinarios con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

8. Cuando circunstancias no imputables a CENCOSUD o no previstas en este Reglamento o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, CENCOSUD podrá suspender, cancelar o modificar la Campaña y/o modificar el presente Reglamento.  




 

Más Sitios

 
 

Comisiónes y Cargos
Los valores incluyen IVA.

TASA NOMINAL ANUAL (TNA)


Minimo 164,80% Maximo 165,16%

TASA EFECTIVA MENSUAL (TEM)


Minimo 13,401% Maximo 13,480%

Comisión por Mantenimiento Mensual de Cuenta (1)


$4.715,98 ($3.897,50 + IVA)1 / $5.186,36 ($4.286,25 + IVA)2

Cargo por Pago a través de Pago Fácil/ Rapipago


$791,95 ($654,50 + IVA)1 / $869,93 ($680,00 + IVA)2

Cargo por Gestión de cobranzas(3): es el resultado de la suma de erogaciones efectivamente realizada por Cencosud en protección y/o recuperación de los créditos de los clientes


$ 3.460,60 ($ 2.860,00 + IVA)1 / $ 3.805,45 ($ 3.145,00 + IVA)2